Declaración de Consenso del Taller de Ética Psicodélica Hopkins-Oxford (HOPE)
En agosto de 2023, se realizó en la Universidad de Oxford el primer taller de Ética Psicodélica Hopkins-Oxford (HOPE) con el fin de discutir cuestiones éticas relacionadas con las sustancias psicodélicas.
Los organizadores (BDE, DBY, EJ) buscaron que los participantes tuvieran orígenes y perspectivas diversos. Las principales ponencias estuvieron a cargo de un investigador indígena y un psiquiatra; entre los asistentes había abogados y especialistas en ética, científicos especializados en psicodelia, antropólogos, filósofos, empresarios y agentes de reducción de daños.
El taller se organizó a partir del reconocimiento de que el campo de la psicodelia se encuentra en un momento crucial de su historia: la investigación, las aplicaciones clínicas y las iniciativas políticas están aumentando rápidamente. El uso de sustancias psicodélicas se está extendiendo y ya se están desarrollando nuevos sistemas que regulan su uso. Estos cambios se están produciendo mientras persiste una gran incertidumbre, tanto sobre los efectos de las sustancias psicodélicas como sobre las dimensiones éticas que rodean su uso. Reconocemos que existe un riesgo significativo de que se produzcan daños, así como beneficios potenciales. Los participantes en el taller debatieron los aspectos éticos de las sustancias psicodélicas, incluidos los métodos de investigación, las prácticas clínicas, la historia, el derecho y la sociedad, la espiritualidad, la comunidad, la cultura y la política que surgen en relación con las sustancias psicodélicas.
A pesar del valor de estos debates, el grupo sigue siendo consciente de que se pudieron incluir muy pocas voces en comparación con el alcance de los que piensan en los psicodélicos y de los que se verán afectados por estos en los próximos años. Los participantes decidieron que para mejorar los resultados tendremos que hacer un esfuerzo particular para aumentar la diversidad de perspectivas y procedencias de los participantes en futuros eventos, incluidos pacientes y usuarios (no solo aquellos que se benefician de los psicodélicos, sino también aquellos que se ven perjudicados), empresas biofarmacéuticas, comunidades indígenas con una historia consolidada de uso de psicodélicos, y legisladores y autoridades encargadas de la elaboración de políticas.
Los participantes del taller discutieron un borrador del documento actual. Este documento pretende resumir nuestro entendimiento compartido de algunas de las consideraciones éticas centrales relacionadas con las sustancias psicodélicas y algunas recomendaciones para el campo. Por supuesto, en algunos puntos, aún no hay consenso y es posible que nunca lo haya. Además, hay aspectos sobre los que el grupo se mostró agnóstico, otros que dividieron a la sala y otros que acordamos que requerían más pruebas y más debate entre todas las partes interesadas. No obstante, los firmantes respaldan las opiniones que se expresan a continuación y consideran que vale la pena transmitirlas al sector en general. En términos más generales, esperamos que esta declaración sea un aporte útil para aquellos que investigan, usan o trabajan con sustancias psicodélicas, así como para cualquier persona interesada en este campo.
Introducción
En los últimos años, el impulso para conseguir que los fármacos psicodélicos se conviertan en medicamentos autorizados ha propiciado que se reconozca cada vez más la importancia de establecer minuciosamente las mejores prácticas de investigación, clínicas y políticas para regular su uso clínico. En particular, deben desarrollarse y aplicarse las mejores prácticas para minimizar los riesgos para los pacientes y promover los beneficios. También hay aspectos de justicia social que abordar, como la promoción a un acceso equitativo y el reparto adecuado de los beneficios con determinadas comunidades indígenas con una larga historia de prácticas con plantas psicodélicas.
Actualmente, las aplicaciones clínicas pueden ser las que dominen el discurso sobre el uso de sustancias psicodélicas; sin embargo, el papel que las sustancias psicodélicas han desempeñado en la sociedad siempre ha trascendido el ámbito biomédico y es probable que siga siendo así. Los recientes cambios legislativos eliminaron las sanciones penales para el uso personal de psicodélicos en algunas jurisdicciones, mientras que otras decidieron permitir y autorizar el “uso adulto autorizado” fuera del contexto médico. Paralelamente a estos cambios, está aumentando el interés por usos menos formales de sustancias psicodélicas en contextos espirituales, de autodesarrollo, de mejora del bienestar, entre otros. Tales usos siguen estando prohibidos en muchas jurisdicciones y, aunque nada en esta declaración debe interpretarse como una aprobación de comportamientos ilegales, dichas prácticas siguen mereciendo una seria atención y consideración.
Acogemos con satisfacción el reciente análisis de las sustancias psicodélicas dentro de la ética clínica, así como desde los puntos de vista legal y normativo, pero también reconocemos la necesidad de considerar las implicancias éticas más amplias del uso de psicodélicos en múltiples niveles de análisis. Las transgresiones éticas históricas en torno a los psicodélicos, incluido el MK Ultra, los abusos cometidos contra pacientes psiquiátricos y presos, los abusos sexuales y las violaciones de los límites por parte de los guías, y las prácticas de apropiación hacia las comunidades indígenas, no deben olvidarse ni repetirse.
La ética de las sustancias psicodélicas es compleja: las experiencias psicodélicas pueden tener impactos psicosociales o espirituales profundos, a veces transformadores, en algunos usuarios y estas experiencias están influenciadas por factores sociales y culturales. Una evaluación exhaustiva de los riesgos y beneficios requiere ver las cosas no solo a nivel del usuario individual, sino también a nivel sociohistórico, político, de salud pública y cultural. Aunque sabemos mucho más sobre los compuestos psicodélicos que hace 15 años, todavía nos queda mucho por aprender y es absolutamente fundamental seguir investigando.
En sintonía con nuestra intención de transmitir algunos aspectos centrales de la ética psicodélica y algunas recomendaciones para el campo, presentamos lo que sigue como un consenso “de base”. En cada sección numerada a continuación, presentamos:
- nuestro entendimiento compartido de algunas de las principales consideraciones éticas relacionadas con las sustancias psicodélicas (sin dejar de reconocer los puntos de desacuerdo),
- nuestra posición en relación con esas características,
- y nuestras sugerencias para el campo.
I. Reconocimiento de la posición especial de las comunidades con uso histórico de sustancias psicodélicas
- Reconocemos que nuestro conocimiento y prácticas actuales que involucran a las sustancias psicodélicas se basan en el conocimiento acumulado durante mucho tiempo de comunidades indígenas específicas, que vienen siendo marginadas de forma sistemática.
- Aunque persisten los desacuerdos sobre la medida en que la práctica médica moderna con sustancias psicodélicas representa una cooptación o adaptación de las prácticas indígenas, la larga historia experiencial de ciertos grupos indígenas específicos con sustancias psicodélicas les ha proporcionado valiosas perspectivas sobre las salvaguardias en la práctica, así como consideraciones más amplias sobre el uso de sustancias psicodélicas que las comunidades de investigación y práctica podrían pasar por alto.
- Los grupos indígenas con ciertos antecedentes de uso de sustancias psicodélicas pueden estar expuestos a riesgos particulares asociados con el aumento de la despenalización y la medicalización. La Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas incluye un debate sobre dichos riesgos, como la apropiación no reconocida de elementos tangibles e intangibles de la tradición cultural, así como las prácticas extractivas e insostenibles que amenazan la gestión de los ecosistemas y los modos de vida tradicionales.
- Como tal, las comunidades de investigación y práctica tienen la responsabilidad de reconocer o interactuar con las comunidades indígenas en un espíritu de restitución, respeto y reciprocidad, incluida la representación de los conocimientos e intereses indígenas en la toma de decisiones, y una participación adecuada en cualquier beneficio financiero derivado de la comercialización de sustancias psicodélicas, o de prácticas o tecnologías que deben su origen al conocimiento indígena.
II. Enfoque de precaución para avanzar en el conocimiento científico
- Aunque las sustancias psicodélicas clásicas son mucho más seguras de lo que se pensaba en décadas pasadas, aún no se conocen del todo sus riesgos. En particular, los daños potenciales a largo plazo y “no estándares” (por ejemplo, los relacionados con los cambios en las creencias y las perspectivas, así como los daños relacionales), están poco estudiados.
- Los investigadores, los editores de revistas y las Juntas de Revisión Institucional (IRB) tienen el deber de garantizar que los estudios se realicen de una manera que promueva la recopilación sistemática de ambos beneficios potenciales y efectos adversos.
- La mayor parte de los datos actuales sobre seguridad de las sustancias psicodélicas proceden de muestras muy poco representativas: participantes homogéneos, “occidentales, educados, industriales, ricos y demócratas” (WEIRD, por sus siglas en inglés) que usan sustancias psicodélicas en contextos de ensayo estrictamente controlados. Es posible que los resultados en estas muestras no se generalicen a otros contextos, incluidos los entornos clínicos y de “uso adulto autorizado” del mundo real, así como otros contextos de uso grupal e individual.
- Se necesitan pruebas del mundo real sobre los daños, la reducción de daños y los beneficios potenciales fuera del contexto del ensayo (por ejemplo, contextos recreativos y de retiro), incluida la epidemiología de calidad, la ciencia de la implementación y los estudios de eficacia comparativa.
- El valioso objetivo de investigar los resultados derivados del uso de psicodélicos no debería transgredir los límites de la privacidad, sobre todo en contextos en los que el uso de psicodélicos no está totalmente protegido por la ley.
- Muchos de nosotros estamos abiertos a la expansión cautelosa de los ensayos, y potencialmente a la práctica clínica, en poblaciones con vulnerabilidades adicionales que pueden beneficiarse de las sustancias psicodélicas. Aquí es fundamental prestar más atención y esfuerzo para implicar a voces multidisciplinares y a partes interesadas con experiencia de vida para garantizar protecciones proporcionadas. Algunos sostenemos que no debemos “proteger” a las poblaciones vulnerables excluyéndolas de la investigación para que los estudios no las generalicen; otros insisten en la necesidad de obtener mejores pruebas de las líneas de investigación existentes para poder comprender mejor los mecanismos básicos y los riesgos antes de ampliar la investigación a las poblaciones vulnerables.
- Nuestros juicios sobre los beneficios y riesgos de las sustancias psicodélicas no deben basarse en el “excepcionalismo psicodélico”; debemos evitar ser más indulgentes o más estrictos en nuestras evaluaciones simplemente porque se trata de sustancias psicodélicas. Sin embargo, reconocemos que, en muchos casos, las sustancias psicodélicas ofrecen la oportunidad de reflexionar sobre las prácticas y normas sistémicas más amplias a las que estamos acostumbrados. Por ejemplo, algunos estudiosos expresaron su preocupación por la calidad de la investigación médica y científica en general (alegando una apertura y transparencia insuficientes, conflictos de intereses no revelados, demasiada flexibilidad en el análisis estadístico y la comunicación de resultados, etc.). Como campo relativamente joven, consideramos que la ciencia psicodélica tiene la oportunidad de establecer normas más estrictas para la investigación en general, e instamos a los actores de este espacio a aprovechar dicha oportunidad.
III. Reconocimiento de la legitimidad de diversas motivaciones para interactuar con sustancias psicodélicas
- A pesar del estado controlado de los fármacos psicodélicos en la ley, las personas pueden tener razones legítimas para querer usar sustancias psicodélicas que no están agotadas por sus aplicaciones clínicas, incluyendo fines espirituales, de bienestar, de autodesarrollo y recreativos.
- Los diferentes contextos de uso de sustancias psicodélicas vendrán con diferentes perfiles de riesgo y diferentes consideraciones éticas (por ejemplo, el uso clínico en menores de 18 años y el uso para el desarrollo personal o profesional). No solo debemos tratar de entender cómo optimizar las relaciones riesgo/beneficio, sino también prestar atención cuidadosamente a los nuevos retos que plantean los nuevos contextos.
- Los usos no clínicos de las sustancias psicodélicas son y probablemente seguirán siendo la gran mayoría del uso de sustancias psicodélicas. Aunque rechazamos la estigmatización de los consumidores de fármacos, reconocemos que algunas prácticas y pautas de uso son perjudiciales. Desarrollar una mejor comprensión de cómo reducir los daños en estos contextos debería ser una prioridad.
- Esta declaración, aunque no todos sus miembros participantes, se mantiene agnóstica sobre la mejor manera de regular los diferentes modelos de uso, reconociendo los retos de evitar el exceso y la falta de regulación, al mismo tiempo que se intenta equilibrar la seguridad y el acceso.
- Aunque las decisiones sobre la mejor práctica reguladora dependerán de consideraciones tanto éticas como empíricas, medio siglo de prohibición de los fármacos es suficiente para demostrar que la mejor práctica no implicará condenas penales por uso personal o posesión de sustancias psicodélicas. La mayoría de los miembros del taller se opuso firmemente a la criminalización del uso de fármacos o a la posesión de kits de prueba destinados a reducir los daños, por considerarlos poco éticos. Reconocemos la larga historia de leyes sobre fármacos que afectaron de forma desproporcionadamente negativa a las comunidades minoritarias, en particular, en el contexto estadounidense, a los hombres negros, latinos e indígenas y a sus familias.
IV. Necesidad de recibir educación
- Una amplia gama de grupos (incluidos el público, las asociaciones médicas, las fuerzas del orden, las juntas de revisión institucional, las aseguradoras y los medios de comunicación) pueden beneficiarse de estar bien informados sobre las sustancias psicodélicas. La comunidad de investigadores psicodélicos tiene la responsabilidad de esforzarse por proporcionar información imparcial sobre las sustancias psicodélicas, libre de prejuicios o exageraciones (ya sean excesivamente positivas o negativas), incluidos sus dimensiones culturales, sus efectos característicos, sus posibles daños, beneficios e incertidumbres en torno a sus mecanismos de acción y efectos.
- Aunque los datos científicos rigurosos son indispensables en la búsqueda de resultados beneficiosos, la comunidad científica de investigación psicodélica no es la única fuente de conocimiento. Para avanzar en la comprensión es necesario aprender de una amplia gama de grupos, como las comunidades indígenas con historias de práctica psicodélica, los usuarios clandestinos y los recreativos, entre otros, incluidos aquellos que resultaron perjudicados de diversas maneras por las sustancias psicodélicas.
- Los investigadores psicodélicos deben tratar de proporcionar o hacer accesible la información sobre la reducción de daños: tienen una experiencia particular en relación con los riesgos, y la gente puede sentirse atraída por el uso de sustancias psicodélicas en contextos no controlados debido a la investigación reciente. Proporcionar información sobre la reducción de daños es un servicio valioso y no equivale a respaldar prácticas potencialmente arriesgadas o ilegales.
- Las sustancias psicodélicas son lo suficientemente distintas como para que los responsables de la regulación que no estén familiarizados con ellas puedan, sin darse cuenta, regularlas en exceso o de forma insuficiente. Las comunidades de investigación científica y académica deben realizar esfuerzos para apoyar a los controladores en la toma de decisiones, proporcionando información sobre las dimensiones empíricas y éticas relevantes de las sustancias psicodélicas.
V. Consentimiento
- La naturaleza impredecible de las experiencias psicodélicas presenta retos particulares para asegurar un consentimiento adecuado.
- Alentamos el desarrollo de una amplia gama de recursos para informar a los posibles consumidores sobre las experiencias psicodélicas y sus riesgos y beneficios potenciales, incluidos los datos científicos, testimonios de consumidores similares y material educativo. La determinación de las mejores prácticas en este ámbito dependerá de la colaboración entre investigadores, profesionales y personas con experiencias vividas.
- Los psicodélicos pueden activar sexualmente a algunos usuarios, y deben ser conscientes de ello en todos los contextos, incluidos el clínico, el recreativo, el espiritual y otros. El contacto sexual nunca es apropiado en contextos terapéuticos, y los profesionales y usuarios deben ser conscientes de que el “contacto sexual” no es fácil de definir con claridad: las sustancias psicodélicas pueden alterar la percepción del tacto y las señales sociales relacionadas, y lo que podría ser inocuo en contextos sobrios puede no serlo durante una experiencia psicodélica.
- El grupo se mostró dividido sobre el valor y la idoneidad del “contacto terapéutico” durante una experiencia psicodélica cuando existen métodos de comodidad sin contacto. Afirmamos la importancia de respetar cualquier rechazo al contacto terapéutico. Aunque en algunos casos puede ser apropiado tocar la mano o el hombro en señal tranquilizadora con el consentimiento adecuado, apoyamos la necesidad de una investigación sistemática sobre su uso en la práctica clínica y reconocemos la importancia de una mentalidad preventiva en relación con el contacto terapéutico (por ejemplo, el uso de un proceso de consentimiento en dos fases, solicitando el consentimiento para el contacto tanto antes como durante los efectos agudos del fármaco).
VI. Equidad
- Se requiere un enfoque de los servicios psicodélicos orientado a la equidad para garantizar resultados justos, y servirá para evitar la perpetuación de las desigualdades que perjudicaron durante mucho tiempo la prestación de asistencia médica a las comunidades racializadas y otras comunidades marginadas.
- Las relaciones entre la biomedicina y las comunidades marginadas han sido tensas por una larga historia de transgresiones éticas, y los esfuerzos hacia el desarrollo de un enfoque orientado a la equidad deben ser conscientes de las preocupaciones particulares relacionadas con fármacos que afectarán a estos grupos (por ejemplo, el impacto de la Guerra contra los Fármacos).
- Reconocemos que los programas de equidad social pueden tener efectos adversos no deseados. Las iniciativas psicodélicas que pretendan desarrollar un enfoque orientado a la equidad en la política y la práctica deben garantizar que los programas centrados en los grupos marginados se integren de forma colaborativa en las comunidades, en lugar de que se impongan sobre ellas, y se basen en pruebas (es decir, no se debe asumir ni la eficacia ni la ausencia de externalidades negativas en ausencia de investigación).
- Se deben hacer esfuerzos especiales, y reservar recursos, para garantizar que los grupos marginados estén debidamente representados en la investigación y la atención psicodélicas, dentro de las agrupaciones de participantes en la investigación, los programas de formación terapéutica y los organismos de formulación de políticas.
- Los investigadores y profesionales de la psicodelia deben ser conscientes del hecho de que las personas de diferentes culturas pueden tener diferentes necesidades, preferencias y visiones del mundo cuando se trata de la salud mental. El desarrollo de intervenciones psicodélicas debe ser culturalmente competente.
VII. Conducta profesional
- Las estructuras de concesión de licencias para los profesionales de la psicodelia deben desarrollar y articular códigos de conducta claros y transparentes para trabajar con sustancias psicodélicas, lo que incluye estructuras de rendición de cuentas para recibir, denunciar y sancionar a los transgresores. Los profesionales de la psicodelia con licencia en profesiones de la salud siguen estando sujetos a sus códigos de conducta vigentes.
- Además de estos requisitos mínimos de conducta ética, las comunidades de profesionales psicodélicos deberían establecer códigos disponibles de forma pública que detallen las mejores prácticas éticas dentro de su campo.
- La práctica ética entre los profesionales de la psicodelia depende no solo de las normas formales, sino también del desarrollo de culturas profesionales que se comprometan activamente con los retos éticos que surgen en la práctica. Se anima a los profesionales e investigadores a debatir abiertamente estos temas en publicaciones académicas y conferencias, así como a explorar estos aspectos en el marco de las relaciones de supervisión o de grupos de iguales.
VIII. Vulnerabilidades especiales relacionadas con el uso de sustancias psicodélicas y riesgos de abuso
- Los efectos característicos de las sustancias psicodélicas, incluidas las experiencias profundas, así como el aumento de la sugestionabilidad y la disminución de la autonomía, pueden aumentar en gran medida la vulnerabilidad de los consumidores. Es fundamental que existan salvaguardias proporcionadas para minimizar los riesgos de abuso de esa vulnerabilidad (por ejemplo, la grabación, con consentimiento, de las sesiones con fármacos, con conservación y revisión del video).
- Los usuarios de sustancias psicodélicas en marcos espirituales y terapéuticos han acudido a los profesionales en busca de apoyo pastoral y psicológico compasivo, y la explotación de estos marcos representa un grave abuso de confianza.
- La combinación de una mayor sugestionabilidad, sentimientos de conexión y confianza, así como la cualidad intuitiva y de entendimiento implícito que pueden generar las sustancias psicodélicas, aumenta el potencial de otras formas de abuso y manipulación, incluido el abuso financiero y la imposición de creencias o visiones del mundo por parte de los profesionales. Los códigos de conducta claros y transparentes relativos a estas y otras formas de abuso deberían ser un contenido básico en los procesos de acreditación de los profesionales y en los debates profesionales en curso.
IX. Importancia de la amplitud de la investigación para avanzar en la comprensión
- Comprender y optimizar los impactos potenciales de las sustancias psicodélicas en la sociedad requerirá no solo una investigación científica rigurosa, sino también el compromiso con las perspectivas de muchos campos de estudio y partes interesadas de diversos orígenes.
- Reconocemos el valor de las diversas visiones del mundo en el estudio de las sustancias psicodélicas, incluidos otros sistemas de ontología y epistemología que pueden ser difíciles de conciliar. Avanzar en la comprensión requerirá el compromiso con opiniones críticas y heterodoxas, y somos conscientes de que las ideas cruciales a menudo provendrán de partes interesadas que no tienen el mayor capital cultural y económico.
- La investigación de la psicodelia puede tener lugar dentro de círculos disciplinarios, por lo que deben fomentarse los esfuerzos para promover los intercambios interdisciplinarios.
X. Responsabilidad y ética en la comunicación
- Reconocemos que los efectos a menudo profundos de las experiencias psicodélicas, y las actitudes frecuentemente muy cargadas sobre las sustancias psicodélicas (tanto positivas como negativas), refuerzan la necesidad de la producción de comunicaciones basadas en pruebas y no hiperbolizantes sobre las sustancias psicodélicas.
- Como en cualquier campo, reconocemos la existencia de conflictos de intereses que pueden distorsionar tanto las agendas de investigación como los informes, subrayando la necesidad de revelar de forma completa y transparente todos los conflictos en los trabajos académicos publicados y en otras comunicaciones.
- Las clínicas y los centros de retiro deben revelar y dejar claro el contexto cultural, las creencias o la filosofía subyacentes y el “entorno” en el que se desarrolla su práctica, reconociendo que esto puede influir en la experiencia psicodélica del usuario.
- Los investigadores y los medios de comunicación son solidariamente responsables de la producción de comunicaciones precisas, transparentes y no hiperbolizantes que aumenten la toma de conciencia tanto de los beneficios potenciales como de las consideraciones éticas relacionadas con el uso de sustancias psicodélicas, incluida la realidad de que aún existen muchas incertidumbres. Alentamos el desarrollo de pautas para los medios de comunicación que ayuden a los periodistas a escribir con precisión sobre las sustancias psicodélicas.
- Existe gran cantidad de información y comprensión sobre las sustancias psicodélicas en comunidades ajenas a las instituciones de investigación. Los investigadores deben reconocer y acreditar activamente las fuentes de información que utilizan, incluso cuando éstas proceden de fuera de la literatura revisada por pares.
- Los investigadores deben tratar de hacer que los resultados de su investigación sean lo más accesibles posible (por ejemplo, al publicar en acceso abierto cuando sea posible o elaborar resúmenes no especializados).
Signatarios
Edward Jacobs, Brian D. Earp, Paul Appelbaum, Lori Bruce, Ksenia Cassidy, Yuria Celidwen, Katherine Cheung, Sean Clancy, Neşe Devenot, Jules Evans, Holly Fernandez Lynch, Phoebe Friesen, Albert Garcia Romeu, Neil Gehani, Molly Maloof, Olivia Marcus, Ole Martin Moen, Mayli Mertens, Sandeep M. Nayak, Tehseen Noorani, Kyle Patch, Sebastian Porsdam-Mann, Gokul Raj, Khaleel Rajwani, Keisha Ray, William Smith, Daniel Villiger, Neil Levy, Roger Crisp, Julian Savulescu, Ilina Singh, David B. Yaden
Para citar esta declaración
Jacobs, E., Earp, B. D., Appelbaum, P., Bruce, L., Cassidy, K., Celidwen, Y., Cheung, K., Clancy, S., Devenot, N., Evans, J., Fernandez-Lynch, H., Friesen, P., Garcia-Romeu, A., Gehani, N., Maloof, M., Marcus, O., Moen, O. M., Mertens, M., Nayak, S. M., … Yaden, D. B. (2024) The Hopkins-Oxford Psychedelic Ethics (HOPE) Working Group Consensus Statement. American Journal of Bioethics.
El alcance de las “sustancias psicodélicas”
Para esta declaración tenemos en mente los denominadas sustancias psicodélicas “clásicas” o paradigmáticas, definidas como sustancias que son agonistas parciales de los receptores 5-HT2A y que producen estados de conciencia sustancialmente alterados que implican cambios en el afecto, la cognición y la percepción. Algunos ejemplos notables son la psilocibina, el LSD, la mescalina y el DMT. Algunas de estas sustancias (por ejemplo, los hongos psilocibios y la mescalina del peyote) se encuentran en la naturaleza y se han utilizado en determinadas comunidades indígenas con fines ceremoniales y comunitarios, en el contexto de sistemas de creencias y tradiciones de uso particulares. Otras sustancias (por ejemplo, el LSD, la psilocibina sintética) fueron desarrolladas por científicos en el siglo pasado y pueden tener asociaciones diferentes dentro de la cultura occidental.
El término “psicodélico” fue acuñado por el psiquiatra Humphrey Osmond en correspondencia con el escritor Aldous Huxley. En términos generales, el término significa “manifestación de la mente”. En el uso contemporáneo, “psicodélico” tiene el carácter de un concepto agrupado, con ejemplos paradigmáticos en el centro y ejemplos menos paradigmáticos en los márgenes, con el correspondiente desacuerdo sobre si estos últimos ejemplos deberían considerarse enteramente “psicodélicos”.
Entre estos ejemplos más controvertidos se encuentran la MDMA (éxtasis), la ketamina, la salvia, la escopolamina, la ibogaína y el cannabis. Estas sustancias, y los diversos patrones de uso asociados, tienen algunas cosas en común con las sustancias psicodélicas “clásicas” en las que nos centramos en este artículo: implican estados de conciencia intensamente alterados que duran desde unos minutos hasta muchas horas, con la posibilidad de efectos persistentes que duran días, semanas, meses o incluso años.
Sin embargo, estas sustancias difieren en una serie de dimensiones, como sus mecanismos farmacológicos de acción, historias de uso y efectos subjetivos agudos. Por lo tanto, aunque algunos de los puntos éticos que planteamos probablemente se apliquen a estos últimos tipos de sustancias, no nos comprometemos con ninguna implicancia particular en esos casos y, en cambio, consideramos que nuestra declaración se refiere principalmente a los ejemplos paradigmáticos de sustancias psicodélicas (es decir, las psicodélicas clásicas como la psilocibina).